Su asignación es inmediata, cumpliendo los requisitos definidos en la normativa aplicable para los préstamos Ordinarios, el o la solicitante no deberá contar con un préstamo vigente, el monto del préstamo es de hasta 20 mil pesos y el plazo por el cual se otorgará es de 12 quincenas para trabajadores activos o 6 meses para pensionados.
Se aplicará la misma tasa de interés que al resto de los préstamos de tipo Ordinario y solo se podrá solicitar un Préstamo Emergente por año por trabajador o pensionado, no podrá ser otorgado otro tipo de préstamo en tanto haya saldo insoluto de éste y no cumpla con las condiciones definidas para los préstamos de tipo Ordinario previstas conforme al artículo 22, del Reglamento del Otorgamiento y la Recuperación de los Préstamos Personales y su Financiamiento del ISSSTE.
No se otorgará préstamo personal especial mientras el solicitante tenga un saldo insoluto de un préstamo anterior de cualquier tipo.
No se otorgará préstamo personal para adquisición de bienes de uso duradero, mientras el solicitante tenga un saldo insoluto de un préstamo anterior de cualquier tipo.
Como parte de la estrategia especial de vacunación contra COVID-19 en el mes de abril, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) instaló diversos puntos en el ámbito nacional en consultorios, clínicas, unidades médicas y hospitales, con el fin de suministrar dosis a quienes aún no la reciben. Consulta el listado de sedes: